Santo Domingo.- El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, presidido por el juez Deibi Peguero, emitió un dictamen de “no ha lugar” a favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, quien enfrentaba acusaciones de homicidio y lesiones múltiples. La decisión implica que Pumarol Fernández no será enviado a juicio por los hechos imputados.
El magistrado Peguero fundamentó su resolución en la evaluación de documentos presentados por la defensa, incluyendo un informe del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF). Este estudio certifica que el imputado sufrió un brote psicótico durante la comisión de los hechos, atribuido a su padecimiento de esquizofrenia paranoide.
Asimismo, se consideró una evaluación de la Clínica Gómez Patiño, cuyo informe, realizado el mismo día del suceso, determinó que Jean Andrés Pumarol presentaba un cuadro psicótico, con desorientación temporoespacial y amnesia, concluyendo que no estaba mentalmente hábil al momento de los incidentes.
La decisión judicial también se sustentó en el artículo 64 del Código Procesal Penal, el cual establece la ausencia de crimen o delito por demencia o fuerza irresistible, al existir una causa de justificación en el momento de los hechos.
Como resultado de esta sentencia, se levantará la medida de coerción que mantenía a Pumarol Fernández en prisión, lo que significa que será puesto en libertad en los próximos días.
El jurista Miguel Valerio, abogado del imputado, informó que, una vez en libertad, su defendido será trasladado a un centro de salud mental para continuar con el tratamiento de su condición.
El incidente que originó el proceso tuvo lugar en julio del año pasado. Jean Andrés Pumarol Fernández, presuntamente bajo los efectos de un brote psicótico, causó la muerte de Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, y dejó heridas a varias personas, entre ellas su padre, Guillermo Pumarol Castellanos, la cuidadora Teresa Fabián Heredia, y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.
Previo a esta decisión, el Ministerio Público había solicitado que el imputado fuera enviado a juicio, acusándolo de homicidio en perjuicio de Ivonne Handal Abugabir y tentativa de homicidio contra las demás víctimas.
Horas antes de la sentencia, la madre del acusado, Johana Fernández, había expresado públicamente el sufrimiento de su familia y la convicción de que su hijo padecía un brote psicótico al momento de los hechos. Ella afirmó que un certificado médico del INACIF respaldaba la inimputabilidad de su hijo y exigía justicia.
Con una voz conmovida, la señora Fernández instó a que el caso de su hijo sirva como precedente para abordar la situación de personas con enfermedades mentales en prisión, argumentando que muchos están injustamente encarcelados por falta de tratamiento adecuado y centros especializados. Subrayó la necesidad de crear instalaciones apropiadas para personas con estas condiciones.
La señora Fernández también aseguró que su hijo estaba bajo tratamiento médico constante y que nunca había manifestado comportamientos agresivos previamente. «Estamos destrozados por la víctima, pero mi hijo está enfermo. Esto no es mentira», declaró.
Cabe destacar que un informe psiquiátrico previo, solicitado por la Fiscalía del Distrito Nacional al INACIF en enero pasado, había indicado que Jean Andrés Pumarol Fernández poseía la capacidad cognitiva para comprender los hechos que se le imputaban, permitiéndole continuar en el proceso judicial y ofrecer testimonio. Este mismo documento también señaló que el acusado admitió ser consumidor habitual de marihuana desde los 18 años.






