Santo Domingo.- Con la entrada en vigencia del artículo 331 del nuevo Código Penal, que será efectiva a partir del 6 de agosto, se establecen severas sanciones penales y económicas para quienes intenten intimidar, amenazar o irrespetar a los actores del sistema de justicia en el ejercicio de sus funciones.
El artículo 331 de la pieza legislativa, promulgada por el Poder Ejecutivo hace un año, establece que “quien intimide o amenace a un juez, a un miembro del Ministerio Público, a un alguacil o a cualquier otra persona que ostente una función jurisdiccional, o a un árbitro, perito o intérprete, con el propósito de influir en sus decisiones o declaraciones, será sancionado con 2 a 3 años de prisión menor y multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público”.
El jurista Amadeo Peralta destacó que, debido a esta ley, los tribunales podrán aplicar la figura del cúmulo de penas, lo que significará una condena total más severa si se configuran otros tipos penales simultáneamente. Además, señaló que los declarados culpables estarán obligados a pagar indemnizaciones civiles por los daños y perjuicios causados a la autoridad agraviada, así como asumir los gastos legales del proceso.


