Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró este jueves inadmisible la acción constitucional de amparo interpuesta por el ciudadano Adonis Yosi Peña contra la Junta Central Electoral (JCE). La decisión del tribunal se fundamentó en el artículo 70, numeral 3, de la Ley 137-11 y el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
La acción de amparo presentada por Peña denunciaba la suspensión registral y la negativa de expedición de su cédula de identidad y electoral. Los jueces acogieron el medio de inadmisión presentado por la JCE al verificar que la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal.




