Santo Domingo.-
El Senado de la República ha dado un paso significativo al aprobar en primera lectura el proyecto de ley que busca eliminar la figura de las candidaturas independientes de la Ley Orgánica de Régimen Electoral 20-23. Esta acción se produce en respuesta a la Sentencia 788-24 del Tribunal Constitucional, que previamente ordenaba la regulación de dichas candidaturas.
Aunque la posibilidad de postularse a una candidatura de elección popular sin afiliación partidista fue incluida en la ley electoral vigente, su implementación ha sido objeto de debate y desafíos legales.
La controversia se intensificó con el caso de Alberto Fiallo, quien, tras dejar el partido Opción Democrática, intentó inscribirse como candidato independiente. Su solicitud fue rechazada por la Junta Central Electoral (JCE), lo que derivó en un proceso judicial.
Posteriormente, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia 788-24, que no solo estableció directrices para la aceptación de candidaturas independientes, sino que también instruyó al Poder Legislativo a crear un marco regulatorio específico, una responsabilidad que la JCE entendió que recaía en el Congreso Nacional.
El debate sobre esta figura se inició en la Cámara de Diputados, pero el senador Rogelio Genao defendió la postura de su eliminación, argumentando que las candidaturas independientes no están expresamente contempladas en la Constitución y que su creación podría debilitar el sistema de partidos políticos en la República Dominicana.
Cabe destacar que el proyecto de ley presentado previamente al Congreso Nacional para regular las candidaturas independientes contenía requisitos que, en la práctica, dificultaban enormemente su viabilidad, como la exigencia de un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), la postulación por una entidad social y la ausencia de financiamiento estatal.
Al defender la decisión del Senado, el senador Rogelio Genao enfatizó que la aprobación en primera lectura del Proyecto de Ley Orgánica de las Candidaturas Independientes busca derogar los artículos 156, 157 y 158 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral. Reiteró que, aunque estas candidaturas se incluyeron en la ley actual, carecen de un sustento directo en la Constitución de la República.
En contraste con la postura legislativa, el abogado Alberto Fiallo se presentó ayer en el Congreso Nacional para defender la figura de las candidaturas independientes. Fiallo argumentó que estas representan una expresión legítima del derecho ciudadano a ser elegido, un principio que, según destacó, ha sido reconocido en diversas naciones de América Latina por décadas.


