SANTO DOMINGO.– El Ministerio Público ha solicitado formalmente la imposición de prisión preventiva contra Juan Alexander Gálvez Marte, alias “Alex Bronx”, y Hensy Yoel Reynoso Abreu, presuntamente vinculados como autor intelectual y material, respectivamente, del asalto perpetrado en una joyería del sector Cristo Rey de esta capital.
La petición fue elevada por el procurador fiscal Nelson Beltré Tejada, adscrito al Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Robo) de la Fiscalía del Distrito Nacional. El órgano persecutor ha solicitado el traslado de Reynoso Abreu al Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo-Hombres, y de Gálvez Marte al centro penitenciario Las Parras, argumentando motivos de seguridad y la necesidad de prevenir la comisión de nuevos ilícitos.
Según la investigación preliminar, el atraco ocurrió el pasado 7 de marzo de 2026, aproximadamente a las 7:20 de la noche. Los imputados, en compañía de varios cómplices que aún se encuentran prófugos, llevaron a cabo un asalto a mano armada en perjuicio de Abrahan Corporán Merbournes, propietario del establecimiento. El botín sustraído incluye aproximadamente 1,340 gramos de oro tipo Ice Chain, más de 5,000 gramos de cadenas de diversos diseños y RD$300,000 en efectivo.
Las pesquisas indican que Gálvez Marte, quien actualmente cumple condena en el Centro de Privación de Libertad de La Victoria por homicidio agravado, habría coordinado el robo desde su reclusión y financiado la adquisición del vehículo utilizado en el hecho. Por su parte, Reynoso Abreu habría participado activamente en la compra del automóvil y en la posterior comercialización de parte de los objetos robados.
Tras perpetrar el asalto, los perpetradores emprendieron la huida en un vehículo Mitsubishi Endeavor, el cual posteriormente colisionó contra un árbol y fue abandonado. La Policía Científica logró recuperar importantes evidencias en la escena, incluyendo casquillos, cargadores, cadenas, máscaras, pasamontañas y una mandarria.
El Ministerio Público ha calificado el presente caso bajo los artículos 265, 266, 379 y 381 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 sobre armas y municiones.


