Condenan a tres implicados en fraude millonario de terrenos en Costa Dorada, Baní

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Santo Domingo.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Rafael Olegario Helena Regalado, Ailec Paloma Soto Garabito y Judith Franchesca Aguasvivas Báez a penas de seis, cuatro y tres años de prisión, respectivamente, tras encontrarlos culpables de asociación de malhechores y uso de documentos falsos. Los imputados realizaron estas acciones para adquirir fraudulentamente la empresa Costa Dorada S.A., propietaria de más de 6.3 millones de metros cuadrados de terrenos costeros en Sabana Buey, provincia Peravia.

La sentencia fue emitida por el tribunal presidido por la jueza Claribel Nivar Arias e integrado por las magistradas Yissel Soto Peña y Clara Sobeida Castillo, quienes determinaron que la acusación había sido probada más allá de toda duda razonable.

Los hechos fueron tipificados según los artículos 265, 266, 148 y 151 del Código Penal Dominicano, en perjuicio de las empresas Hilari Mayol, S.A.S.; Mayol & Co., S.R.L.; Grand Cays Corporation; y Okra Company LTD.

Además de las penas de prisión, el tribunal condenó a los procesados al pago de las costas penales. En el ámbito civil, los jueces impusieron a los imputados y a la empresa Global Multi Business Corporation el pago conjunto y solidario de una indemnización de RD$100 millones a favor de las víctimas por los daños y perjuicios causados.

El extenso proceso judicial se prolongó por años, comprendiendo aproximadamente 54 audiencias. Durante la lectura de la sentencia, el tribunal destacó que se escucharon todas las partes involucradas y se evaluaron las incidencias presentadas. Los jueces señalaron la ocurrencia de frecuentes recusaciones a magistrados de diversas instancias, que en ocasiones resultaron en inhibiciones, interpretado por el tribunal como intentos de evadir el conocimiento del caso.

En un segmento de la decisión, se hizo mención a episodios de irrespeto durante las audiencias, recordando la necesidad de ordenar el arresto de Rafael Olegario Helena Regalado en una ocasión debido a su inconducta en la sala.

A pesar de las diversas incidencias procesales, los magistrados enfatizaron que el tribunal actuó con la “tolerancia procesal” indispensable para asegurar el debido proceso y dictar una decisión objetiva, basada únicamente en las pruebas presentadas y debatidas en juicio.

El tribunal no reconoció a Costa Dorada S.R.L. como víctima, al considerar que esta entidad fue el resultado de la falsificación denunciada en el expediente. La lectura íntegra de la sentencia ha sido programada para el próximo 10 de junio a las 9:00 de la mañana.

Previamente, el abogado acusador privado Jorge López Hilario, representante de las familias Mayol y Serrano, había solicitado condenas de 20 años de prisión para Rafael Olegario Helena Regalado y Ailec Paloma Soto Garabito, y 10 años para Judith Franchesca Aguasvivas Báez.

El Ministerio Público, representado por Magaly Sánchez, coordinadora del Departamento de Investigación de Casos Complejos de la Fiscalía del Distrito Nacional, instó a garantizar la seguridad jurídica y la inversión privada, solicitando sanciones proporcionales a la gravedad del daño ocasionado por Helena Regalado, Soto Garabito y Aguasvivas Báez.

Ambas partes, el Ministerio Público y la acusación privada, subrayaron ante el tribunal la seriedad de los hechos y la solidez de las pruebas, destacando tres experticias caligráficas del INACIF que confirmaron la falsificación documental.

Asimismo, se expuso que las empresas ligadas a las familias Mayol y Serrano mantuvieron sus obligaciones tributarias y societarias activas desde la constitución de Costa Dorada en 1976 y en las décadas siguientes, con registros fiscales y comerciales vigentes hasta 2012, previo a la fraudulenta transformación societaria.

Durante la audiencia del pasado martes, en la que el tribunal declaró el fallo en estado de ser pronunciado para su lectura, el Ministerio Público y la acusación privada reiteraron que la estructura fraudulenta empleó documentos falsificados y actuaciones societarias irregulares para tomar el control de la empresa y los terrenos de Costa Dorada.

En la motivación de la sentencia, el tribunal afirmó que quedó plenamente probado que se produjo una falsificación documental, resultando en la creación de una estructura societaria diferente a la original.

Los magistrados establecieron que la entidad legítima era Costa Dorada S.A., y que su “actuación pasiva” en el ámbito societario no implicaba la pérdida de derechos sobre su patrimonio inmobiliario ni autorizaba acciones de terceros sobre la compañía.

El tribunal detalló que los propietarios legítimos descubrieron el fraude al realizar gestiones ante la Cámara de Comercio, donde hallaron una realidad jurídica alterada: Costa Dorada S.A. había sido ilegalmente transformada en Costa Dorada S.R.L.

La sentencia subraya que, si bien la legislación comercial requería la adecuación de ciertas estructuras societarias, el proceso de transformación en este caso no fue liderado por los legítimos titulares, sino por terceros desconocidos por las familias afectadas.

“Lo que sí se determinó es que la empresa había sido ciertamente transformada en Costa Dorada S.R.L.”, citó el tribunal durante la lectura de su decisión motivada.

Los jueces también cuestionaron la legitimidad de los poderes otorgados para actuar en justicia a los implicados, considerando que el gobierno societario original se disolvió con la transformación fraudulenta y que, según las pruebas, no existía autorización legítima de los propietarios históricos.

El expediente se inició en 2013 a raíz de acciones legales de las familias Mayol y Serrano, tras descubrir presuntas maniobras fraudulentas para apropiarse de los terrenos de Costa Dorada mediante documentos falsificados y operaciones societarias irregulares.

Según la acusación, el fraude inmobiliario se concretó a través de la falsificación de cientos de documentos y el uso del nombre de Luis Américo Minervino, fallecido en 2010, quien aparecía realizando transferencias de acciones años después de su deceso.

Parte de estas acciones fueron adquiridas por la empresa Global MultiBusiness Corporation GMB C, S.R.L., como parte de la estructura de falsificación documental denunciada.

Las empresas Hilari Mayol, S.A.S.; Mayol & Co., S.R.L.; Grand Cays Corporation; y Okra Company LTD. figuran como víctimas, querellantes y actoras civiles.

En la lectura de la decisión estuvieron presentes representantes de las familias Mayol y Serrano, entre ellos Juan Mayol Vicioso, Juan Francisco Mayol Cabrera y Ana María Jiménez Goris.

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