SANTO DOMINGO.- La República Dominicana conmemoró una década de un proceso judicial que, aunque culminó con sentencias firmes en el asesinato del niño Llenas Aybar, dejó a la sociedad con más interrogantes que respuestas claras sobre el “crimen del siglo”. Este caso, que acaparó la atención nacional, fue ratificado por la Suprema Corte de Justicia, pero persisten dudas sobre la posible implicación de terceros y los motivos reales del crimen.
Desde el inicio, el «caso del siglo» se convirtió en un símbolo de las expectativas y frustraciones ciudadanas frente al sistema de justicia. La sociedad exigía una pronta condena para todos los involucrados y la revelación de los detalles del brutal suceso.
El Ministerio Público, representado en la audiencia condenatoria por el entonces fiscal Francisco Domínguez Brito, el procurador adjunto Bolívar Sánchez Veloz y el ex fiscal adjunto Teobaldo Durán, enfrentó un desafío sin precedentes. Domínguez Brito ha manifestado recientemente que el expediente sigue siendo una «deuda personal», confesando haber soñado repetidamente con el niño atado en un baúl durante 45 minutos: “Me imaginaba el miedo, el dolor, la angustia. Este caso me destruye por dentro”, expresó.
El juicio fue televisado, trascendiendo el ámbito judicial ordinario para convertirse en un doloroso espectáculo nacional. Millones de dominicanos se mantuvieron pegados a la pantalla, intentando comprender la magnitud de la tragedia y sus ramificaciones.
El caso adquirió una dimensión nacional no solo por la brutalidad del crimen, sino también por el entorno familiar y los vínculos de la familia Llenas Aybar con figuras públicas. Entre los testigos destacados se encontraba la periodista Nuria Piera. La madre de la víctima, Ileana Aybar, ofreció su testimonio con un retrato de su hijo al fondo, mientras Norah Llenas, madre del victimario y tía de la víctima, presenció las audiencias desde el mismo banco, confrontando el doble dolor de la sangre de su hijo y la de su sobrino.
Un eje espinoso del proceso fue la mención, al menos verbal, de los Palmas Meccia. Redondo Llenas declaró en la Corte de Apelación del Distrito Nacional que Luis Palma de la Calzada le había ordenado secuestrar a una persona para un «sacrificio satánico» y que, ante la imposibilidad, le pidió secuestrar a su primo. Redondo Llenas confesó al tribunal que su odio hacia Palma de la Calzada era tal que, al propinar las 34 puñaladas al cuerpo de su primo, imaginó que se las estaba dando a él.
Sin embargo, estas declaraciones llegaron tardíamente y sin sustento. Redondo Llenas no mencionó a los supuestos implicados argentinos hasta cuatro meses después de su detención, durante su tercer interrogatorio. Una nota periodística de mayo de 1998 indicaba que el esposo y el hijo de Teresa Meccia, exembajadora de Argentina en el país, serían juzgados por su implicación, lo que supuestamente provocó que la diplomática abandonara el país para evitar agresiones físicas.
El juez Julio Canó Alfau decidió llevar el juicio en paralelo, ya que los señalados no se presentaron en audiencia. A pesar de los acercamientos desde la Cancillería, nunca se logró la participación de estos en la etapa judicial, quienes rechazaron acatar las notificaciones.
La versión de Redondo Llenas contrastó con la de Moliné Rodríguez, quien en el proceso no implicó a la familia Palmas y aseguró que no hubo participación directa de una tercera persona. Esta discrepancia constituyó uno de los grandes vacíos del proceso, dejando un expediente judicial con condenas firmes, pero con preguntas sin respuesta oficial. Las autoridades nunca investigaron a fondo las denuncias hechas en el tribunal por ambos acusados, y el móvil real del crimen nunca se estableció con certeza.
La sentencia de primera instancia, emitida en enero de 1997, condenó a Redondo Llenas y Moliné Rodríguez a treinta años de prisión. En apelación, la pena de Moliné Rodríguez fue reducida a veinte años al ser considerado coautor y no autor principal. Finalmente, en septiembre de 2006, la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia ratificó las penas y ordenó el pago de una indemnización de cinco millones de pesos a cada uno de los padres del menor, culminando así un proceso que se extendió por una década.
Las sentencias generaron controversia, con sectores de la sociedad cuestionando la proporcionalidad de las penas y denunciando posibles privilegios derivados del origen social de los acusados. Algunos fiscales sugirieron un móvil atravesado por la vanidad, la intención de obtener dinero para gastos asociados al estatus social, pero esta explicación nunca satisfizo por completo a la opinión pública. La justicia dominicana concluyó el caso con las herramientas disponibles: una condena máxima de treinta años y otra de veinte, aunque la sensación generalizada es que «faltó algo».


