Expertos Anticipan Impacto Indirecto en Puerto Rico de Fallo del Tribunal Supremo sobre Ciudadanía por Nacimiento

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NUEVA YORK.- La discusión en el Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre la ciudadanía por nacimiento, impulsada por una orden ejecutiva del expresidente Donald Trump que busca limitar este derecho, es de “importantísima” relevancia para jurisdicciones como Puerto Rico, según la profesora Christina D. Ponsa-Kraus. La experta en la aplicación de la Constitución de Estados Unidos en los territorios, adscrita a la Escuela de Derecho de Columbia, enfatizó que, aunque el caso no aborda directamente los territorios, su resolución podría reinterpretar la Cláusula de Ciudadanía de la Enmienda 14.

Ponsa-Kraus explicó en entrevista que el Tribunal Supremo, al decidir sobre la capacidad del presidente para negar la ciudadanía a hijos de personas indocumentadas o con presencia temporal, deberá clarificar el significado de dicha cláusula. “Es importantísimo, y no es porque tenga implicaciones directas. Este caso no se trata de los territorios en sí, pero el Tribunal Supremo va a reinterpretar la Cláusula de Ciudadanía de la Enmienda 14 (de la Constitución) para resolver este desacuerdo con el que el Presidente quiere negarle la ciudadanía a las personas nacidas de personas que están presentes ilegalmente o temporeramente, y en el proceso de interpretar la cláusula para decidir si permite que el Presidente haga eso, el Tribunal Supremo va a tener que explicar qué quiere decir esa cláusula”, anticipó la profesora.

El caso, conocido como Trump vs. Barbara, plantea la cuestión de si se pueden añadir excepciones a la ciudadanía por nacimiento, como la que persigue la Administración Trump. La profesora, quien fue asistente judicial del juez del Supremo Stephen G. Breyer, señaló que el fallo se pronunciará sobre la universalidad de esta garantía y el alcance de la frase “sujeto a la jurisdicción” de la Cláusula de Ciudadanía. “Cuando el Tribunal Supremo decida este caso va a expresarse sobre cuán universal es esa garantía. Va a hablar de esa frase, ‘sujeto a la jurisdicción’, y va a decir si es posible añadir excepciones”, añadió.

La Cláusula de la Ciudadanía establece: “Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en el que residen”.

Según la académica, la interpretación que el Tribunal Supremo ofrezca tendrá un efecto indirecto en territorios como Puerto Rico, al ayudar a comprender el significado completo de la cláusula. “Siempre que el Tribunal reconsidera la interpretación de una cláusula, hay que estar atentos, porque van y deciden que los territorios tampoco [están sujetos a la jurisdicción], porque no son estado y quién sabe qué se inventan”, advirtió.

La experta, graduada de las universidades de Yale y Princeton, consideró que el razonamiento de esta decisión sentará un precedente para una futura reinterpretación de la aplicación de la Cláusula de Ciudadanía en los territorios. “El razonamiento de este caso informaría, sin duda, un caso futuro en el cual la pregunta sea si la Cláusula de Ciudadanía le aplica a los territorios”, afirmó. El fallo podría definir no solo la “jurisdicción” sino también la definición de “los EE.UU.”, incluyendo o excluyendo ciertos territorios.

La profesora Ponsa-Kraus también destacó que la decisión revelará si el Tribunal Supremo sostiene una visión más o menos generosa de la ciudadanía. Un fallo que mantenga la interpretación tradicional de la cláusula aumentaría las posibilidades de una decisión similar para Puerto Rico y otros territorios, mientras que la introducción de nuevas excepciones podría abrir la puerta a un tratamiento distinto para ellos.

Desde 1898, el Tribunal Supremo ha evitado pronunciarse sobre la aplicación directa de la ciudadanía estadounidense bajo la Decimocuarta Enmienda en los territorios. En jurisdicciones como Puerto Rico, la ciudadanía estadounidense por nacimiento fue concedida mediante leyes del Congreso, lo que se conoce como “estatutaria”. Este control unilateral por parte del Congreso complica los procesos de descolonización.

“Para Puerto Rico, se han pasado varias leyes. Una fue la de 1917 (Ley Jones -Shafroth), que le dio la ciudadanía colectiva a todos los puertorriqueños. Luego, se tuvo que añadir una sección que le dio la ciudadanía a las personas nacidas en Puerto Rico”, detalló la abogada. Añadió que la sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) referente a la ciudadanía por nacimiento en Puerto Rico establece que las personas nacidas allí son ciudadanas, independientemente de la nacionalidad o estatus de sus padres, emulando así la Enmienda 14.

Ponsa-Kraus aseguró que no existen diferencias en la seguridad de la ciudadanía entre la otorgada por la Decimocuarta Enmienda y la estatutaria. La distinción radica en el futuro: mientras el Congreso no puede negar la ciudadanía a los nacidos en Estados Unidos bajo su jurisdicción, existe un debate sobre si podría alterar las reglas futuras para los nacidos en Puerto Rico. No obstante, la Constitución y el debido proceso protegen la ciudadanía ya adquirida.

La investigadora reiteró que la ciudadanía estadounidense por nacimiento no puede ser revocada sin el consentimiento del individuo o una acción intencional de renuncia, salvo en casos excepcionales como traición extrema. “Cuando uno tiene la ciudadanía, uno tiene esa membresía en el mundo político. Eso el Gobierno no te lo puede quitar y eso es también bajo ley del Congreso”, explicó.

La educadora puertorriqueña subrayó que, en territorios donde no aplica la Enmienda 14 directamente, el Congreso posee una considerable discreción. Aunque el Congreso no puede actuar arbitrariamente, y la ciudadanía ya concedida está protegida, tiene amplio poder para definir las reglas futuras en estos “limbos” jurídicos. “El Congreso no debe ciudadanía a nadie fuera del territorio donde aplica la Enmienda 14”, puntualizó.

Las declaraciones de la profesora se produjeron en el marco de la audiencia del Tribunal Supremo sobre el caso Trump vs. Barbara. Medios como Efe reportaron que los jueces se mostraron escépticos ante los argumentos de la Administración Trump. El procurador general, John Sauer, argumentó que los tiempos han cambiado desde la adopción de la Enmienda 14 en el siglo XIX y que la acción presidencial busca combatir el “turismo de parto” y la inmigración irregular.

Los magistrados interrogaron persistentemente tanto a los abogados de la Administración como a los representantes de la Unión de Libertades Civiles Estadounidenses (ACLU), la organización que impugnó la orden por considerarla anticonstitucional e ilegal. Un análisis de SCOTUSBlog sugiere que el Tribunal Supremo probablemente fallará en contra de Trump en el caso de la ciudadanía por nacimiento.

Gran parte de los argumentos en la audiencia se centraron en la decisión del Tribunal de 1898 en el caso de Wong Kim Ark. En ese precedente, la mayoría de la Corte Suprema determinó que Kim Ark, un hombre de ascendencia china nacido en San Francisco, California, era ciudadano estadounidense. El juez Horace Gray, en la opinión mayoritaria, afirmó que la Decimocuarta Enmienda, aunque buscaba establecer la ciudadanía de personas negras y antiguos esclavos, tiene una aplicación más amplia, abarcando a “todos los niños nacidos aquí de extranjeros residentes” y no restringida “por el color o la raza”.

La profesora Ponsa-Kraus precisó que, desde la adopción de la Enmienda 14, solo ha habido tres excepciones reconocidas a su aplicación: hijos de diplomáticos; personas nacidas en territorio ocupado por un enemigo, que nunca ha ocurrido, pero es una excepción; e hijos de miembros de tribus indígenas. El Tribunal Supremo, en el caso de 1898, confirmó que estas eran las únicas excepciones a la norma de la ciudadanía por nacimiento en los Estados Unidos y sujeta a su jurisdicción.

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