Interior y Policía otorga permiso a Santiago Matías para marcha pacífica en Mata Mosquito, Friusa

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Santo Domingo.– El Ministerio de Interior y Policía emitió la resolución núm. MIP-UVP-0179-2025, mediante la cual otorga un permiso de No Objeción al Uso de la Vía Pública para la realización de una marcha pacífica, solicitada por Esmelin Santiago Matías García, conocido popularmente como Santiago Matías.

La actividad en contra de la migración ilegal haitiana en el polo turístico del Este está programada para el domingo 27 de abril de 2025, desde las 12:00 p.m. hasta las 6:00 p.m., recorriendo las calles principales de Mata Mosquito, El Hoyo de Friusa y Friusa, en el municipio de Punta Cana, provincia La Altagracia.

El Ministerio fundamenta esta resolución en diversos artículos constitucionales y leyes nacionales que garantizan el derecho a la reunión pacífica y la protección de los derechos fundamentales. Entre ellos se destacan:

•   Constitución de la República (Artículos 47, 48 y 68): Derecho a la asociación y reunión pacífica, así como las garantías de protección de derechos fundamentales.

•   Ley núm. 590-16: Orgánica de la Policía Nacional, que establece la misión de garantizar el libre ejercicio de los derechos y preservar el orden público.

•   Ley núm. 107-13: Sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración Pública y Procedimiento Administrativo.

•   Ley núm. 63-17: De Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que regula el uso de la vía pública.

•   Sentencia TC-0092-18 del Tribunal Constitucional: Que reafirma el derecho a la reunión pacífica y la protesta social, siempre que no se afecte el orden público y la seguridad ciudadana.

El Ministerio de Interior y Policía instruyó al señor Santiago Matías a remitir la ruta específica de la marcha antes del 22 de abril de 2025 para que la Policía Nacional pueda coordinar la logística necesaria. Asimismo, se recuerda que debe gestionar otros permisos pertinentes ante el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) y el Ayuntamiento correspondiente, según lo estipulado en la Ley núm. 63-17.

Además, se recomendó prudencia en el uso de equipos de sonido para evitar molestias innecesarias, conforme a la Ley núm. 287-04 sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos.

Finalmente, se ordenó a la Policía Nacional desplegar los efectivos necesarios para garantizar el orden público durante el desarrollo de la actividad

 

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