Ministerio Público Desestima Petición de Extinción Penal en Caso Coral y Atribuye Demoras a Imputados

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Distrito Nacional, República Dominicana.- La titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), Mirna Ortiz, reiteró que no procede declarar la extinción penal en el proceso que se sigue contra el general Adán Cáceres Silvestre y otros implicados en los casos Coral y Coral 5G. La funcionaria aseguró que el Ministerio Público ha desvirtuado, de manera consistente, esta teoría planteada por las defensas de los acusados.

En declaraciones ofrecidas a la salida del tribunal, Ortiz explicó que este fue un punto clave abordado por la fiscalía, «desmontando una vez más la teoría que pretende implantar la defensa no solamente en el tribunal, sino también a través de medios de comunicación y bajo distintas vías».

La titular de la Pepca enfatizó que el 90% de las dilaciones registradas en el proceso han sido atribuidas a los propios imputados, lo que, a su juicio, deslegitima la solicitud de extinción de la acción penal.

Estas afirmaciones surgen después de que el Ministerio Público presentara ante las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional la réplica a la refutación expuesta por los abogados de los encartados en el caso Coral y Coral 5G. Entre los procesados se encuentran los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, además de otros implicados.

La jueza presidenta del tribunal recesó la audiencia hasta el próximo martes 14, fecha en la que se reanudará el juicio contra los involucrados en los casos Coral y Coral 5G.

Ortiz recalcó que la petición de declarar la extinción penal fue «debidamente abordada» por el Ministerio Público en el tribunal, logrando desvirtuar la teoría de la defensa tanto en el ámbito judicial como mediático.

Explicó que la extinción de la acción penal, conforme ha reconocido el Tribunal Constitucional Dominicano, incluso en su decisión más reciente de marzo de 2026, no se trata de un cálculo meramente matemático.

«No es que, al llegar a cuatro años, el proceso se extinga automáticamente. Existen razones y requisitos como la complejidad del proceso y la conducta de los imputados que influyen en la determinación de este plazo», indicó Ortiz.

Asimismo, la titular de la Pepca señaló que la reciente reforma del Código Procesal Penal establece que, para declarar la extinción, deben considerarse principios como la razonabilidad del plazo, particularmente en casos de alta complejidad como el presente.

«En un caso de esta magnitud, donde el 90% de las dilaciones provienen de los imputados, no se puede hablar de extinción», manifestó Ortiz.

Agregó que este argumento ha sido consistentemente rechazado en decisiones previas por el mismo tribunal, así como por la Corte de Apelación y la Suprema Corte de Justicia. «Bajo ningún concepto este proceso puede ser declarado extinto», enfatizó.

En la próxima audiencia, los abogados de los imputados presentarán la contrarréplica a la réplica del Ministerio Público, como parte de la fase de refutación a la acusación formalizada contra los implicados en los casos Coral y Coral 5G.

Concluida esta etapa, algunos imputados tendrán la oportunidad de hacer uso de la palabra. Posteriormente, las juezas se retirarán a deliberar y deberán emitir su fallo en un plazo no mayor de 30 días.

Previamente, el Ministerio Público solicitó en febrero penas de 20 años de prisión y multas de 400 salarios mínimos contra los principales imputados, incluidos los generales Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y Julio Camilo de los Santos Viola, acusados de sustraer más de RD$4,500 millones al Estado a través de las operaciones Coral y Coral 5G.

De igual manera, se solicitó la misma condena para el coronel Rafael Núñez de Aza, el general Boanerges Reyes Batista y el capitán Franklin Antonio Mata Flores.

Asimismo, el órgano acusador pidió 15 años de prisión y multas de 300 salarios mínimos para otros implicados, como Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (conocida como «la Pastora»), Kelman Santana Martínez y Pedro Roberto Castillo Nolasco.

En la misma línea, se solicitaron condenas de 10 años de prisión y multas de 200 salarios mínimos para otros encartados, y penas de 5 años para varios procesados, entre ellos Raúl Alejandro Girón Jiménez.

El Ministerio Público también solicitó la clausura y disolución de entidades vinculadas a la red, como la Iglesia Bautista Vida Eterna, además de sanciones contra diversas empresas.

Adicionalmente, se pidió el decomiso de bienes incautados, que incluyen más de 200 inmuebles, 86 vehículos de alto cilindraje y sumas millonarias en efectivo. Estos bienes han generado ingresos superiores a RD$86 millones.

El Ministerio Público acusa al general Cáceres Silvestre de liderar esta red de corrupción, compuesta por 48 imputados (personas físicas y jurídicas), que operó entre 2012 y 2020, desviando fondos públicos de entidades como el CUSEP, CESTUR y CONANI.

Por su parte, los abogados de los imputados han solicitado rechazar el pedimento del Ministerio Público, declarar la absolución de sus representados, levantar las medidas de coerción impuestas, retirar las oposiciones sobre los bienes (incluyendo cuentas bancarias) y ordenar la devolución de los inmuebles y bienes muebles incautados.

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