Santo Domingo.- La Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y la Academia de Ciencias de la República Dominicana alertaron hoy sobre alegados procesos de privatización de áreas protegidas a favor de inversiones particulares.
Manifestaron que los aprestos de privatización estarían siendo promovidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Tres casos sucesivos reflejan esa tendencia, según expresaron la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Academia de Ciencias y la Comisión Ambiental de la UASD.
Indicaron que “la zona de uso público del Parque Nacional Valle Nuevo, después de levantar unas infraestructuras y facilidades con fondos públicos, fue otorgada para su administración a un gestor privado sin que existan explicaciones del contexto y la trazabilidad en que se hizo esa negociación”.
Igualmente, “recientemente, acaban de articular un plan de manejo del Monumento Natural Cabo Samaná, bajo el cual se pretende facilitar la construcción y el desarrollo de infraestructuras a particulares con fines de negocios en la zona núcleo del área protegida”.
Precisaron que “se pretende zonificar la zona de amortiguamiento, desconociendo la propia resolución de la institución (No 0010/2018) que está vigente y en la cual están definidos claramente y en forma taxativa los usos permitidos en la misma, los cuales se contraponen a lo que se pretende con el plan de manejo”.
Dijeron que “un nuevo caso nos sorprende con el anuncio de que el Monumento Natural Isla Catalina ha sido convertido en un centro hotelero y de facilidades turísticas por inversionistas privados”. Agregaron que esa iniciativa de desarrollo es desconocida en su totalidad y nunca se informó esa intervención. “Es en la fase de conclusión que se da a conocer como un hecho consumado”.
Los denunciantes indicaron que estos procesos, promovidos por las autoridades del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, violan la Constitución de la República en su artículo 16 y la ley 202/04 sobre Áreas Protegidas.
La Carta Magna establece que el sistema nacional de áreas protegidas y los ecosistemas y especies que contiene constituyen bienes patrimoniales de la nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Igualmente, que el numeral 5 del artículo 3 de la Ley de Áreas Protegidas indica “los terrenos de las áreas protegidas no pueden ser transferidos en propiedad a ningún individuo, estado, nación o ciudadano bajo ninguna circunstancia”.
Los demandantes exigieron una explicación a las autoridades sobre si denuncia.




