Madrid, España.- El Comité Olímpico Internacional (COI) ha reafirmado que los deportistas transgénero podrán participar en los Juegos Olímpicos, siempre que cumplan con los criterios de clasificación, pero deberán competir en la categoría correspondiente a su sexo biológico.
Esta aclaración se detalla en un documento oficial emitido por el organismo olímpico tras una decisión adoptada el pasado 26 de marzo. La normativa establece que, a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, únicamente las mujeres biológicas podrán competir en pruebas femeninas. Se subraya que esta medida no tendrá carácter retroactivo y, por lo tanto, no afectará los resultados obtenidos en competiciones anteriores.
El COI, bajo la dirección de Kirsty Coventry, presidenta de la Comisión de Atletas del COI, enfatizó que la nueva normativa no busca excluir a los atletas transgénero, sino garantizar condiciones de equidad en la competencia. En este sentido, los deportistas que cumplan los requisitos podrán competir, pero los que sean biológicamente varones deberán hacerlo en la categoría masculina.
Para determinar la elegibilidad en la categoría femenina, se implementará una prueba de detección del gen SRY, el cual está asociado al desarrollo biológico masculino. Este examen, considerado altamente fiable por el organismo, se realizará una única vez y mediante un procedimiento no invasivo.
El COI contempla excepciones para casos específicos de trastornos genéticos poco frecuentes, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que podrían permitir la participación en la categoría femenina tras evaluaciones adicionales y exhaustivas.
Asimismo, el organismo ha indicado que algunas federaciones internacionales tendrán la posibilidad de solicitar excepciones para disciplinas donde el sexo no represente una ventaja competitiva significativa, mencionando como ejemplo los deportes ecuestres.
Los atletas que decidan no someterse a las pruebas de elegibilidad no podrán competir en la categoría femenina en futuras ediciones olímpicas. En el caso de menores de edad, la validación podrá realizarse con el consentimiento de sus tutores legales y será obligatoria en los Juegos Olímpicos de la Juventud a partir del año 2030.
El COI explicó que esta actualización responde a los avances científicos recientes y a un proceso de consulta exhaustiva con expertos independientes, federaciones y diversos representantes del movimiento olímpico.
Finalmente, el organismo reiteró que todos los resultados de competencias anteriores, incluidos los de los Juegos Olímpicos de París 2024, se mantienen sin cambios, al haberse regido por las normativas vigentes en su momento.






