Santo Domingo.- Desnudarse en un programa televisivo en vivo en la República Dominicana, como lo hizo el comunicador Jhon Berry durante la transmisión de su programa "Los Trabucazos de Jhon Berry", constituye una falta de ultraje al pudor público que podría enfrentarlo a penas de 6 meses a 1 año de prisión menor y multas de 1 a 2 salarios mínimos del sector público.
Así lo dispone el nuevo Código Penal 74-25, el cual entrará en vigencia el cinco de agosto próximo, luego de ser promulgado hace más de un año por el Poder Ejecutivo. Sin embargo, el artículo 224 del actual código es benévolo con estas acciones y reza: "Se castigará con multa de diez a cien pesos, el ultraje que, por medio de palabras, gestos o amenazas, se haga a los curules o agentes depositarios de la fuerza pública, y a todo ciudadano encargado de un servicio público, cuando estén en el ejercicio de sus funciones, o cuando sea en razón de dichas funciones".
Eso produce un vacío legal para la República Dominicana, en un momento que se vive una gran apertura de los medios de comunicación tanto tradicional como digital. Aunque en ocasiones pueda considerarse un "acto menor" o un "comportamiento indecoroso", la nueva normativa, que sustituirá a la vigente, reconoce la acción como una infracción penal que atenta contra la libertad sexual y la dignidad de las personas.
El artículo 142 de la Ley 74-25 dice: "Se considera exhibicionismo sexual todo acto de naturaleza sexual, así como la exposición de los órganos genitales, cuando se realice a la vista de cualquier persona en un lugar público o expuesto al público". Ayer el comunicador Jhon Berry se desnudó parcialmente durante la transmisión en vivo de su programa televisivo "Los Trabucazos de Jhon Berry", espacio que se difunde de lunes a viernes a las 7:00 p.m. a través de su canal oficial de YouTube.




