Lima.- La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha instado al Gobierno del Perú a no aprobar una propuesta legislativa que otorgaría a los tribunales militares-policiales la facultad de investigar y juzgar posibles violaciones de derechos humanos, un paso que podría socavar el sistema judicial ordinario.
A través de un pronunciamiento difundido este 18 de junio, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, ha pedido al Estado peruano no aprobar el proyecto que modifica el Código Penal Militar Policial. La iniciativa fue aprobada en primera votación por el Parlamento el pasado 12 de junio y aún debe someterse a una segunda votación para definir su futuro.
El organismo recordó que este tipo de casos deben permanecer bajo competencia de la justicia ordinaria. “Las presuntas violaciones de los derechos humanos deben ser conocidas por un tribunal ordinario competente, independiente e imparcial, de conformidad con el derecho internacional”, señaló la entidad en sus redes sociales.
La propuesta legislativa recibió 60 votos a favor, 34 en contra y 10 abstenciones. El proyecto contó con el respaldo de bancadas como Fuerza Popular y Renovación Popular. En contraste, legisladores de izquierda y organizaciones de derechos humanos alertaron sobre los riesgos que tendría la norma para la rendición de cuentas en casos que involucren a agentes del Estado.
El Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP) ha advertido que la iniciativa representa el retorno de mecanismos que, según la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), favorecieron la impunidad durante el conflicto armado interno. En un editorial, recordó que el Informe Final de la CVR concluyó que la actuación de la justicia militar en casos de violaciones de derechos humanos permitió que numerosos procesos terminaran sin sanciones efectivas para los responsables.
La institución también cuestionó que el proyecto amplíe la definición de delito de función y permita que hechos cometidos por policías y militares durante estados de emergencia sean conocidos por tribunales militares. A juicio del IDEHPUCP, la propuesta forma parte de una serie de medidas impulsadas en los últimos años que reducen los mecanismos de control sobre agentes estatales y debilitan la rendición de cuentas.
Desde el Instituto de Defensa Legal (IDL), el abogado Carlos Rivera sostuvo que la norma es inconstitucional y contradice criterios establecidos por la Corte Suprema y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Recordó que desde 2004 existe un precedente que determina que delitos contra la vida, la integridad y la libertad de las personas deben ser investigados y juzgados por la justicia ordinaria.
Rivera advirtió que el proyecto modifica de manera sustancial el concepto de delito de función y abre la posibilidad de trasladar a la jurisdicción militar-policial hechos que actualmente corresponden al fuero común. Para el abogado, la propuesta se suma a otras iniciativas aprobadas por el Congreso que, según indicó, favorecen escenarios de impunidad frente a graves violaciones de derechos humanos.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) rechazó la aprobación del proyecto en primera votación y afirmó que la jurisdicción militar tiene un carácter excepcional que no debe extenderse a delitos comunes. En un pronunciamiento público, la organización señaló que la ampliación de competencias del fuero militar-policial contradice estándares reconocidos por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.



