Santo Domingo.- El nuevo Código Penal dominicano establece que un artista que exhiba sus órganos genitales en un espectáculo o contexto de índole artística no estará penalizado, tras las modificaciones aprobadas anoche por la Cámara de Diputados.
La disposición, conforme al espíritu del legislador, establece los aspectos culturales como excepción para esa práctica y limita dicha práctica a espacios cerrados.
El párrafo III del artículo 142, sobre exhibicionismo sexual, dice: “No constituirá exhibicionismo sexual la realización de tales actos en contextos artísticos destinados a personas mayores de edad, que no impliquen una afectación del bien jurídico protegido”.
Pese a esta salvedad cultural, la pieza legislativa, que pasó al Senado de la República para su sanción, mantiene prerrogativas respecto a la ilegalidad de la exposición sin consentimiento.




