SANTO DOMINGO.- Un desalojo ejecutado este sábado en la plaza comercial Teleofertas, fundada por el fenecido comunicador Johnny Marte, ha generado controversia tras la denuncia de ilegalidad por parte de sus familiares. Estos afirman no haber sido notificados mediante acto de alguacil, mientras que las autoridades involucradas sostienen la legitimidad del procedimiento.
John Marte, hijo menor del comunicador, relató que la familia se enteró de la medida a las 5:00 de la mañana de este sábado, cuando el personal de seguridad del establecimiento alertó sobre la presencia de un contingente policial. Al acudir al lugar, se les impidió el acceso.
«Nos comunicaron ahora, sin previa notificación, en ningún momento a nuestra parte le llegó una notificación, un acto de alguacil, notificándonos de un desalojo», precisó Marte, añadiendo que el procedimiento afecta a más de 20 negocios que operan en el lugar, algunos con una trayectoria de más de 30 años.
El joven insistió en que las autoridades habrían ejecutado la medida sin agotar los procedimientos legales correspondientes, asegurando que el caso aún se encuentra en los tribunales y que no existe un fallo definitivo para ninguna de las partes. Además, señaló que la persona supuestamente a favor del desalojo no posee la titularidad correspondiente del inmueble. Ante esta situación, John Marte hizo un llamado al presidente Luis Abinader para que intervenga.
Por otro lado, la Policía Nacional y el abogado Héctor Frías Vilorio, representante de algunos inquilinos de la plaza, aseguraron que el desalojo se está llevando a cabo de manera legítima. «La realidad es que esto es una acción legal, legítima, con todas las de la ley, garantías constitucionales del Abogado del Estado», explicó Frías Vilorio, enfatizando que se está permitiendo a cada inquilino retirar sus pertenencias.
En este sentido, Diego Pesqueira, vocero de la Policía Nacional, detalló que la intervención policial responde a la Resolución No. 052, emitida el 2 de febrero de 2026, por el Abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria. Esta resolución autoriza el uso de la fuerza pública para proceder con el desalojo por ocupación ilegal.
La institución policial indicó que la medida se fundamenta en el artículo 48, párrafo II, de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario, así como en los artículos 5, 7 (numeral 10) y 19 de la Ley 396-19, que regulan el uso de la fuerza pública para la ejecución de medidas dentro de un plazo de 90 días.
El procedimiento recae sobre los inmuebles identificados como el solar No. 4 de la manzana No. 2228 y el solar No. 1-PRO-C-1 (porción D), ambos ubicados en el Distrito Catastral No. 1 del Distrito Nacional. Estos terrenos, con una extensión superior a los 4,300 metros cuadrados, cuentan con derechos respaldados por certificados de título y certificaciones legales correspondientes, según las autoridades.






