Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader ha dispuesto modificaciones significativas en el proceso de renovación de licencias de conducir, permitiendo que los ciudadanos mayores de 65 años puedan extender la vigencia de sus permisos por períodos más prolongados, a diferencia de la renovación bienal que se aplicaba anteriormente.
Mediante el decreto número 330-26, se establece que las licencias de las categorías 01, 02 y 05 mantendrán una vigencia de cuatro años hasta que el titular alcance los 75 años de edad. A partir de entonces, la renovación deberá realizarse cada dos años.
Esta medida responde a las recientes objeciones manifestadas por diversas personalidades públicas respecto a la normativa previa.
La disposición, que modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir, se sustenta en la Ley Núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, considerada el marco regulatorio del sistema de movilidad y circulación vehicular en la República Dominicana.
Para las categorías 03 y 04, el período de vigencia será de tres años hasta los 75 años de edad, y posteriormente la renovación se realizará anualmente.
No obstante, la vigencia podrá ser acortada si, durante el proceso de emisión o renovación, se detecta que el conductor padece alguna enfermedad o condición médica que pueda comprometer la seguridad en la conducción.
El decreto insta a los conductores a mantener sus licencias al día para evitar circular con permisos vencidos, una infracción sancionada por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), en apego a las disposiciones de la Ley 63-17.
Asimismo, la disposición presidencial reafirma la vigencia de las evaluaciones periódicas estipuladas en el Reglamento de Licencias de Conducir, cuyo objetivo es asegurar que los conductores mantengan las condiciones físicas óptimas para operar vehículos de motor.


